El 15 de octubre de 1872, bajo el gobierno del Presidente Antonio Guzmán Blanco se crea la “Gaceta Oficial” mediante Gaceta Oficial N° 1, la cual es designada como el órgano encargado de publicar todos los documentos expedidos por los Poderes Públicos Nacionales, adquiriendo los documentos jurídicos que aparecieran publicados en ella el carácter de autenticidad y vigor.
Posteriormente el 31 de mayo de 1928, durante el gobierno de Juan Vicente Gómez, se crea la Ley de Imprenta Nacional y Gaceta Oficial mediante Gaceta N° 16.520, en la cual se establece que el Gobierno de la República tendrá para su servicio una imprenta que se denominará “Imprenta Nacional”. Así mismo se establece que la Gaceta Oficial continuará editándose en la Imprenta Nacional y todo lo publicado en ella tendrá carácter de autenticidad y de obligatorio cumplimiento por todos los venezolanos. Para este momento a la misma se le dio la denominación de “Gaceta Oficial de los Estados Unidos de Venezuela”, nombre que llevará hasta el 16 de abril de 1953 cuando en Gaceta N° 24.113 se cambia el encabezado de la Gaceta Oficial, al de “Gaceta Oficial de la República de Venezuela”. Para posteriormente cambiar de nuevo su encabezado el 03 de enero de 2000 al de “Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela” nombre que conserva hasta la actualidad.
La función que se le asigna a la Gaceta Oficial en 1872 se conserva actualmente, puesto que la institución continúa siendo el único órgano facultado para imprimir, publicar y difundir las decisiones jurídico-políticas emanadas de los entes oficiales de la Administración Central del Estado venezolano, tal como lo dispone el artículo 215 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999. El cual ordena a la Imprenta Nacional y Gaceta Oficial, la publicación de las leyes para su promulgación y debido cumplimiento estableciendo de manera expresa que: “La Ley quedará promulgada al publicarse con el correspondiente «Cúmplase» en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela”.
El 28 de agosto de 1985 bajo la Presidencia de Jaime Lusinchi, se establece en la Gaceta Oficial N° 33.295, que la Imprenta Nacional y Gaceta Oficial es un Servicio Autónomo sin Personalidad Jurídica, con rango de Dirección General Sectorial, dependiente jerárquicamente de la Oficina Central de Información de la Presidencia de la República, según consta en el Decreto N° 789, en el cual se le asigna al “Servicio Autónomo Imprenta Nacional y Gaceta Oficial” una serie de atribuciones y responsabilidades que le permitirán el cumplimiento de sus funciones y objetivos, no sólo como el órgano encargado de editar la Gaceta Oficial, sino que le otorga el beneficio de editar publicaciones oficiales, así como la impresión, registro, venta y distribución de obras de autores venezolanos, entre otras publicaciones.
Posteriormente en el año 2002, se publica en Gaceta Oficial N° 37.509, el Decreto N° 1.928 de fecha 19 de agosto de ese mismo año, emanado del Presidente de la República, Comandante Hugo Chávez Frías, quien dicta la Reforma del Decreto sobre Organización de Administración Pública Central; quedando establecido en las disposiciones transitorias de dicho decreto, el traslado de los bienes y el personal del Servicio Autónomo Imprenta Nacional al Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información, actual ente rector.
Dirigir las políticas en el desarrollo, coordinación y promoción de las actividades relacionadas con la edición de la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, que da carácter público a los actos del Estado y sus instituciones, que en ella se publican, dar a conocer los alcances de las políticas comunicacionales del Estado, de los poderes públicos, a través de las leyes, decretos, resoluciones, que requieren ser divulgadas para el conocimiento de la población, igualmente se elaboran materiales gráficos publicitarios, tanto para el sector público como privado.
Constituirse en el Complejo Editorial Bolivariano “Simón Rodríguez”, con el fin de proveer servicio editorial al Estado y al pueblo venezolano, en pro de la difusión de la cultura, del patrimonio histórico de la nación y del proceso de transformación política y social expresado en la Constitución Bolivariana de Venezuela.
En SAINGO los valores corporativos establecen las pautas generales de actuación, que deben asumir todos los trabajadores (as), coordinadores, supervisores y directivos ante las diferentes situaciones que se nos presenten en el desempeño de nuestras actividades.
Cada uno de estos valores se hace presente y cobra vida en nuestras relaciones y actuaciones, son principios éticos sobre los que se asienta la cultura de SAINGO y nos permiten crear nuestras pautas de comportamiento posibilitando la construcción de la convivencia para el logro de los retos de la institución.
Lealtad: El comportamiento de todos los miembros de SAINGO, se basará en la fidelidad de sus trabajadoras y trabajadores para con la institución, niveles supervisores, compañeros y subordinados. Es actuar congruentemente con los principios y valores personales sin traiciones. Cuando se ejercita en ausencia de los superiores alcanza su máxima expresión valorativa.
Honestidad: En SAINGO se promueve la verdad como una herramienta elemental para generar confianza y credibilidad en la institución. Todos sus miembros deben actuar con rectitud, integridad y verdad respetando los derechos y bienes de las personas. Desarrollando sus actividades diarias dentro de un marco de competencia leal y respeto hacia las normas, políticas y preceptos establecidos, dentro y fuera de la institución. Este es un valor que manifestamos con actitudes correctas, claras, transparentes y éticas.
Responsabilidad: Todos en SAINGO mantenemos la disposición y diligencia en el cumplimiento de las competencias, funciones y tareas encomendadas, tomamos la iniciativa de ofrecernos a realizarlas; así como respondemos por las acciones y omisiones realizadas en el ejercicio de nuestros cargos. Trabajamos cumpliendo con todos los parámetros y normas establecidas en la organización para lograr el desarrollo armónico de las labores.
Trabajo en Equipo: Para los trabajadores de SAINGO trabajo en equipo significa aportar lo mejor de nuestras competencias en los diferentes procesos que se desarrollan para el logro de los objetivos organizacionales, actuando comprometidos con un propósito común donde somos mutuamente responsables por los resultados.
Disciplina: En el desarrollo de sus funciones los integrantes de SAINGO se apegan a las políticas, normas y reglamentos de la institución, y nos autoexigimos para hacer las cosas de la mejor manera.
Respeto: Todas las actividades diarias de SAINGO se inspiraran en un trato amable y cortés, en la tolerancia y comprensión por el otro, sin discriminar ni ofender a las persona. Valoramos a los demás y reconocemos su importancia para la Institución, somos conscientes de que este valor es el fundamento para la construcción de las relaciones interpersonales y empresariales.
Solidaridad: Nos sentimos comprometidos con el acontecer de la institución y asumimos que nuestras acciones afectan a los demás. Estamos dispuestos a brindar nuestro apoyo en cualquier tarea que requiera la organización, colaborando, apoyando y sirviendo a los compañeros y usuarios en todo tipo de necesidades.
Recepción 101 Venta Gaceta 111
Dirección Dimase
Dirección Hoyada
Sede Administrativa: Calle Guillermo José Schael, esquina Urapal Edf.Dimase PB, Parroquia La Candelaría,Tlf.: (0212) 576.80.86 / 576.43.92
Área de Producción: San Lázaro a Puente Victoria N° 8, Parque Carabobo, Tlf.:(0212) 576.12.72 / 572.23.21